Denunció cargos en su cuenta pero era avalista de un familiar, en Santa Brígida.

La Guardia Civil investiga a una persona por simulación de delito en Gran Canaria

11 de marzo de 2020.- El Equipo Territorial de Policía Judicial (ETPJ) de la Guardia Civil de Santa María de Guía, en Gran Canaria, ha investigado el pasado día 21 a un varón de nacionalidad española e iniciales J.F.S.V. – vecino de Santa Brígida y sin antecedentes policiales- como presunto autor de un delito de simulación de delito o denuncia falsa.

La investigación comenzó a inicios del pasado mes de febrero, cuando los agentes del ETPJ recibieron la denuncia que J.S.F.V. había presentado en una Comisaría de Policía Nacional de Las Palmas de Gran Canaria, que en base a la distribución de competencias territoriales reflejada en la Ley 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, remitió a la Guardia Civil la denuncia en cuestión.

En dicho acto legal el denunciante afirmó que alguien había realizado cinco cargos en su cuenta bancaria sin su autorización, los cuales sumaban una cantidad de 487.95 euros.

Sin embargo tras las correspondientes pesquisas los agentes del ETPJ reunieron los indicios policiales suficientes para creer que J.S.F.V. simuló no saber nada de esos cargos desconociendo quien o quienes los habían efectuado, cuando en realidad, los cargos se debían a que el mismo había acordado ser el avalista de un préstamo personal para un familiar solicitado en el año 2018.

Por todo ello fue investigado como supuesto autor de un delito de simulación de delito, quedando a disposición del correspondiente Juzgado en funciones de guardia de la localidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Penas por la simulación de delito

Cabe destacar que la simulación de un delito puede conllevar penas que van desde los 6 meses de hasta los 2 años de cárcel, o multas que irían desde los 3 hasta los 24 meses o inferiores, dependiendo del nivel de gravedad del falso delito y de falsas imputaciones a terceras personas, tal como aparece reflejado en los artículos 456 y 457 del Código Penal.

Este tipo de denuncias además causa un grave perjuicio a las unidades policiales que las reciben, puesto que motivan que se consuma una serie de recursos de personal, tiempo y material, afectando considerablemente al normal desarrollo de las investigaciones que se realizan por hechos reales.