Tirajana decreta las zonas protegidas
para los bañistas en su litoral costero.
El Ayuntamiento prohíbe la pesca a menos de 150 metros
de distancia de los bañistas en 26 enclaves costeros del municipio con uso
turístico-recreativo.
El Ayuntamiento de San Bartolomé
de Tirajana ha recordado a través del Boletín Oficial de la Provincia el decreto
municipal que prohíbe la pesca a menos de 150 metros de distancia en las 26 zonas
de baño que actualmente se utilizan por vecinos, turistas y visitantes en la
zona litoral del municipio, desde El Matorral hasta Arguineguín.
Con esta decisión el Ayuntamiento
concreta las zonas de protección para los bañistas frente a los posibles accidentes
que pudieran sufrir por los aparejos de los pescadores, y asimismo aclara dónde
queda permitida esa pesca de superficie desde tierra para que su realización no
suponga la comisión de una infracción.
Según el decreto del alcalde
Marco Aurelio Pérez, las zonas donde queda expresamente prohibido pescar a
menos de 150 metros de las zonas de baño son las piscinas naturales de Castillo
del Romeral, y las playas Boca de Las Casillas, La Caleta, El Cardón,
Tarajalillo, Bahía Feliz, El Águila, El Pirata-Morro Besudo, San Agustín, Las
Burras, El Cochino y las situadas entre ésta y Playa del Inglés, Maspalomas,
Las Mujeres, Las Meloneras, Pasito Blanco, Pasito Bea, Montaña La Arena, Las
Carpinteras, Triana, Los Bigotes, El Llanillo o Llano de Los Militares, El Lomo
Galeón, El Molinero, El Pajar y Ganeguín.
Este decreto está dictado de
acuerdo con las Ordenanzas que regulan el uso, aprovechamiento, disfrute y
conservación del litoral municipal, en cuyo artículo 14 se especifica que la
pesca de superficie queda prohibida a menos de 150 metros de las zonas de baños
pero también de cualquier “buceador que se encuentre con anterioridad en la
misma zona y que esté correctamente señalizado”.
También en el artículo 2 de esas
mismas Ordenanzas se contempla que los espacios de protección de las zonas de
baño incluyen todos sus accesos, incluso en cualquiera de las áreas no
balizadas de la costa, donde se establece que ese perímetro de protección es de
200 metros en las zonas de playa y de 50 metros en el resto de la costa.
