Las Palmas de Gran Canaria ordena las terrazas de Secretario Artiles y la calle Arena para equilibrar la hostelería y el espacio público
Las Palmas de Gran Canaria – 06 de julio de 2026 | El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a través de la Dirección General de Edificación y Actividades de la Concejalía de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, ha publicado este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) dos nuevas resoluciones urbanísticas. Estas medidas regulan de forma específica la distribución y los límites de las terrazas hosteleras en la calle Secretario Artiles (zona de Santa Catalina) y en la calle Arena (entorno de Triana).
Las directrices se enmarcan en la Ordenanza Reguladora de la Instalación de Terrazas en Suelo de Uso Público. Su objetivo principal es adecuar la actividad económica de los negocios a la morfología y necesidades de movilidad, seguridad y emergencias de cada calle. Como novedad general, los límites de ocupación autorizados de todas las terrazas quedarán fijados de forma visible en el suelo mediante piezas termoplásticas de 10 por 10 centímetros adheridas al pavimento.
“Con esta actuación, el Consistorio continúa avanzando en la ordenación del dominio público para compatibilizar la actividad económica vinculada a la restauración con el derecho de la ciudadanía al uso y disfrute del espacio público, garantizando la accesibilidad universal, la seguridad y la convivencia”, explicó el concejal del área, Mauricio Roque.
🚴 Calle Secretario Artiles: reorganización del eje peatonal
La resolución para la calle Secretario Artiles modifica y sustituye la ordenación que permanecía vigente desde el año 2021 para el tramo comprendido entre las calles Luis Morote y Los Martínez de Escobar. El plan adapta la ocupación hostelera a la actual fisonomía de este eje peatonal bajo los siguientes criterios técnicos:
Superficie total: Se autoriza un espacio total de ocupación de 609,70 metros cuadrados para la instalación de terrazas.
Distribución: La superficie permitida quedará repartida en cuatro ámbitos completamente diferenciados a lo largo de la vía.
Protección al ciclista y peatón: Queda expresamente prohibida la colocación de terrazas en los espacios intermedios situados entre el carril de circulación de bicicletas y las zonas de ocupación de los locales. Con esto se busca garantizar que los recorridos de peatones y ciclistas estén diferenciados y libres de cualquier obstáculo.
🏛️ Calle Arena: protección estricta en el Conjunto Histórico
La regulación de la calle Arena responde a las singularidades de su ubicación, al encontrarse dentro del Conjunto Histórico de Vegueta-Triana y en una localización declarada administrativamente como Zona Saturada. Por ello, la normativa ha contado con el dictamen favorable del Consejo Municipal de Patrimonio Cultural para proteger el paisaje urbano:
Espacio muy limitado: La ocupación total máxima autorizada para terrazas se reduce a 46,24 metros cuadrados. Esta cifra representa únicamente el 8,42% de la superficie total del ámbito urbano regulado.
Restricciones estéticas: Con el fin de salvaguardar la calidad visual y ambiental del entorno histórico, solo se permite el uso de parasoles como elemento de cubrición.
Elementos prohibidos: Se prohíbe de forma tajante la colocación de paravientos, mamparas o cualquier tipo de panel separador en la vía pública.
📅 Plazos de adaptación para los establecimientos
El Ayuntamiento capitalino ha establecido márgenes de tiempo diferenciados para que los negocios con terrazas preexistentes reconfiguren sus instalaciones conforme a las nuevas resoluciones oficiales publicadas en el BOP:
En la calle Arena (Triana): Los hosteleros dispondrán de un plazo máximo de un mes para aplicar los cambios estéticos y de superficie.
En la calle Secretario Artiles (Santa Catalina): Los establecimientos contarán con un margen de tres meses para adaptar sus espacios a la nueva distribución del eje.
