El Ministerio decreta el confinamiento obligatorio de aves en todas las granjas de España
La medida, con efecto inmediato, se extiende a Canarias y afecta también a explotaciones ecológicas, de autoconsumo y venta directa por el aumento del riesgo de influenza aviar
Madrid — El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha decretado este jueves 13 de noviembre el confinamiento de las aves de corral que se crían al aire libre en granjas de todo el territorio nacional mediante una orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado con efecto inmediato. La decisión responde al aumento del riesgo de expansión de la influenza aviar en Europa.
Extensión a todo el territorio nacional
Esta decisión supone la extensión a todas las granjas avícolas de España, incluidas las explotaciones ecológicas, las de autoconsumo y las que produzcan carne o huevos para su venta directa al consumidor, de las medidas preventivas adoptadas la semana pasada para las zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia, independientemente de que se encuentren en territorio continental o insular.
En Canarias, el confinamiento obligatorio, que hasta ahora afectaba exclusivamente al municipio de Pájara por ser una zona con gran presencia de aves migratorias, se extiende ahora a todo el Archipiélago, al igual que en el resto del país.
Situación epidemiológica en Europa
El Ministerio explica que la decisión se toma tras la elevación del riesgo de entrada de la enfermedad en España y tiene en consideración factores como el número de focos notificados en Europa, los puntos en los que se localizan y los movimientos de aves silvestres desde zonas de riesgo en el continente.
Desde el mes de julio, según los datos difundidos por el MAPA, se han notificado 139 brotes de influenza aviar en granjas avícolas de Europa. En España se han producido 14 focos en explotaciones, la mitad de ellos en Castilla y León, además de 53 casos en aves silvestres y 5 en aves cautivas.
Medidas de prevención obligatorias
Con la extensión a todo el territorio español de las medidas de protección frente a la influenza aviar que contempla la Orden APA/2442/2006, el Estado establece la obligación de cumplimiento de las actuaciones preventivas que el Gobierno de Canarias había trasladado hace meses a los ganaderos de las islas como recomendación para preservar la salud animal, y que muchos productores ya venían aplicando.
Entre las medidas que recoge la orden ministerial destacan:
Prohibición del uso de agua sin tratar: Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada para garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar. Los depósitos de agua situados en el exterior deberán estar protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.
Separación de especies: Queda prohibida la cría de patos y gansos junto con otras especies de aves de corral.
Suspensión de concentraciones: Se prohíbe la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en centros de concentración de animales, incluidos certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
La orden ministerial busca prevenir el contagio de las aves domésticas a través del contacto con aves silvestres migratorias, principales vectores de transmisión de la influenza aviar, especialmente en los meses de mayor movilidad de estas especies.
