馃挜DISCOTECAS y OCIO NOCTURNO podr谩n reabrir hasta las 03:00 horas馃挜 Hasta la 01:00 bares y restaurantes

Puntos clave de la Declaraci贸n de Actuaciones Coordinadas frente a la COVID19

• Locales de ocio nocturno y discotecas:

o La apertura de los locales de ocio nocturno se podr谩 autorizar cuando la situaci贸n epidemiol贸gica de la unidad territorial de referencia para el control de la COVID-19 de la Comunidad Aut贸noma en la que se encuentre el local est茅 fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1 de acuerdo al documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19”.

o El consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se har谩 sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un m铆nimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

o No se podr谩n superar el 50% de aforo m谩ximo en el interior del local.

o Las terrazas al aire libre de estos establecimientos podr谩n ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre mesas antes mencionada.

o Las mesas tendr谩n un l铆mite de 6 personas en interior y de 10 personas en exterior

o El horario de cierre de estos establecimientos ser谩 a las 02:00 ampliable a las 03:00 horas.

o Sin perjuicio de lo anterior, cuando la unidad territorial de referencia para el control de la COVID-19 de la Comunidad Aut贸noma en la que se encuentre el local est茅 en nivel de alerta 2, siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimaci贸n del nivel de alerta presenten una evoluci贸n favorable, la Comunidad Aut贸noma podr谩 valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19”.

• Hosteler铆a y restauraci贸n:

o En los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido ser谩 de 50% en interior pudi茅ndose incrementar en un 10% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilaci贸n y control de la calidad del aire. En las terrazas al aire libre se podr谩n ocupar la totalidad de las mesas permitidas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un m铆nimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada.

o Las mesas tendr谩n un l铆mite de 6 personas en interior y de 10 en exterior.

o En los niveles de alerta 1 a 4 se seguir谩 lo establecido en el documento de “Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19”.

o El horario de cierre de estos establecimientos ser谩 como m谩ximo a la 01:00h y se dejar谩 de servir a las 24:00 horas).

• Eventos y actividades multitudinarias no ordinarias

o Se aplicar谩n las medidas de control de riesgos de transmisi贸n del SARS-CoV2 propuestas en el documento de “Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19”

o Los organizadores de los eventos multitudinarios, en coordinaci贸n con las autoridades locales, deber谩n realizar una evaluaci贸n del riesgo del mismo conforme a lo previsto en el documento “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en Espa帽a”. En funci贸n de esta evaluaci贸n, se deber谩n implementar las medidas espec铆ficas adicionales de reducci贸n de riesgos de transmisi贸n si fuera necesario. Esta evaluaci贸n de riesgo debe estar disponible para las autoridades sanitarias en caso de que se requiera.

• Medidas sobre vacunaci贸n frente a COVID-19

o Las comunidades aut贸nomas o ciudades con estatuto de autonom铆a implementar谩n la campa帽a de vacunaci贸n siguiendo la estrategia de vacunaci贸n frente a COVID-19 aprobada por la Comisi贸n de Salud P煤blica del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y a propuesta de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones de dicho Consejo Interterritorial.

o Las comunidades aut贸nomas deber谩n disponer de todos los materiales, equipos y recursos necesarios para la administraci贸n de las vacunas que provea el Ministerio de Sanidad.

o Las comunidades aut贸nomas o ciudades con estatuto de autonom铆a aportar谩n la informaci贸n procedente de los registros y sistemas de informaci贸n de vacunas, o de cualquier otro sistema con informaci贸n de inter茅s en el marco de sus competencias el Registro Estatal de Vacunaci贸n frente al SARS-CoV-2 (REGVACU) gestionado por el Ministerio de Sanidad.

• Medidas relativas al Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID

o El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acuerda realizar la quinta ronda del Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID tras alcanzar el objetivo de cobertura de vacunaci贸n del 70% de la poblaci贸n y, en todo caso, antes de que finalice el a帽o 2021.

• Medidas en relaci贸n con los cribados en poblaci贸n asintom谩tica

o Los cribados en poblaci贸n asintom谩tica que no pertenezca a colectivos sujetos a cribados rutinarios, se realizar谩n cuando se estime necesario y siempre bajo el criterio de la unidad de Salud P煤blica de la comunidad o ciudad aut贸noma. - Los cribados poblacionales que no pertenezca a colectivos sujetos a cribados rutinarios, tendr谩n un objetivo concreto definido en su protocolo t茅cnico y seguir谩n las directrices incluidas en la “Estrategia de detecci贸n precoz, vigilancia y control de COVID-19” de la Ponencia de Alertas y Planes de Preparaci贸n y Respuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud publicada en la p谩gina web del Ministerio de Sanidad.

• Medidas para reforzar la coordinaci贸n con las Entidades Locales

o Las comunidades aut贸nomas o ciudades con estatuto de autonom铆a seguir谩n manteniendo reuniones peri贸dicas con la federaci贸n de municipios y provincias de su 谩mbito territorial con el objetivo de coordinar acciones comunes de control de la transmisi贸n del virus y de la evoluci贸n de la estrategia de vacunaci贸n.

• Consumo de tabaco y productos relacionados

o No se permitir谩 fumar en la v铆a p煤blica o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia m铆nima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitaci贸n ser谩 aplicable tambi茅n para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalaci贸n de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

o No se permitir谩 fumar, consumir otros productos del tabaco, ni consumir cigarrillos electr贸nicos en el 谩rea destinada al p煤blico de los eventos y actividades multitudinarias no ordinarias al aire libre.

Sanidad aprueba restricciones obligatorias a la hosteler铆a y el ocio nocturno hasta inmunizar al 70% de la poblaci贸n

Ha salido adelante con la oposici贸n de seis comunidades aut贸nomas en el Consejo Interterritorial

03/06/2021

El Ministerio de Sanidad y las comunidades aut贸nomas han acordado este mi茅rcoles que las discotecas y los locales de ocio nocturno puedan reabrir hasta las 2 de la madrugada, ampliable hasta las 3, en los territorios con baja incidencia del coronavirus. Tambi茅n ha fijado la 1 como hora m谩xima de cierre para bares y restaurantes en toda Espa帽a, medidas que ser谩n de "obligado cumplimiento" hasta que se alcance el 70 % de poblaci贸n inmunizada. 

La actualizaci贸n del documento de "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19" se ha aprobado sin consenso en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La Comunidad de Madrid, Catalu帽a, Galicia, Andaluc铆a, Pa铆s Vasco y Murcia han votado en contra de las propuestas de Sanidad al entender que se trata de una invasi贸n de competencias. Castilla y Le贸n y la ciudad aut贸noma de Melilla se han abstenido y el resto han votado a favor.

Con esta 煤ltima votaci贸n, el Consejo interterritorial ha convertido en obligatorio lo que hasta ahora solo eran recomendaciones para los distintos niveles de alerta en un documento 'sem谩foro'. Durante su comparecencia despu茅s de la reuni贸n, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha insistido en que las comunidades aut贸nomas deber谩n cumplir las medidas acordadas, independientemente del sentido de su voto, pero algunas, como Madrid, ya han anunciado que no lo acatar谩n.

Vuelta del ocio nocturno

Discotecas y dem谩s locales de ocio nocturno podr谩n reabrir, con restricciones de aforo y servicio, hasta las 2 de la madrugada en las comunidades aut贸nomas en nivel de alerta 1 o en el estadio de 'nueva normalidad', esto es, si no superan una incidencia acumulada de 50 casos por cada 100.000 habitantes en los 煤ltimos 14 d铆as. Adem谩s, las autoridades podr谩n ampliar este horario hasta las 3:00 horas, si lo consideran pertinente. 

Actualmente, se encuentran en uno de estos dos escenarios las comunidades de Baleares, Comunidad Valenciana, Murcia, Galicia, Extremadura, Navarra y Asturias, aunque el avance de la vacunaci贸n podr铆a ayudar a controlar la pandemia pr贸ximamente en otras partes del pa铆s.

Despu茅s de un a帽o de cierre por la pandemia, sus establecimientos podr谩n volver a recibir clientes durante la noche con un 50 % del aforo en el interior de los locales, pero con pleno uso de su capacidad en terraza, ha informado RNE. En las mesas al aire libre, podr谩n reunirse grupos de hasta 10 personas, que se reducen a 6 en el interior. En cualquier caso, la bebida y la comida deber谩n consumirse siempre sentados en las mesas, con una separaci贸n entre las sillas de las mesas de al menos 1,5 metros.

Seg煤n la modificaci贸n del documento de "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19", las autonom铆as con riesgo de transmisi贸n alto, nivel de alerta 2, podr谩n autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con restricciones y un tercio de su aforo. 

M谩s flexibilidad para bares y restaurantes 

Bares y restaurantes de las zonas sin riesgo epidemiol贸gico podr谩n abrir con un aforo completo en terrazas y del 50 % en el interior, pudi茅ndose consumir en barra. Este se podr谩 incrementar un 10 % si se aplican medidas de control del riesgo de contagios, como una buena ventilaci贸n y controles de la calidad del aire.

Como en pubs y discotecas, el m谩ximo de personas por mesa ser谩 de 6 en interior y 10 en exterior. Aunque la apertura se extiende hasta la 1 de la madrugada, los bares y restaurantes deber谩n dejar de servir y aceptar clientes a las 24:00 horas. 

En los niveles de alerta 1 a 4 se seguir谩 lo establecido en el documento de “Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisi贸n de COVID-19”.

Y espect谩culos multitudinarios al aire libre

Las medidas acordadas afectan tambi茅n a los espect谩culos al aire libre, como los festivales de m煤sica, han informado tambi茅n los compa帽eros de RNE. En fase de 'nueva normalidad' -esto es, el riesgo epidemiol贸gico m谩s bajo- el aforo m谩ximo ser谩 del 50 % en aquellos eventos en los que el p煤blico est茅 de pie y del 75 % si est谩 sentando, siempre garantiz谩ndose la distancia de al menos un metro entre las sillas.

Sea de pie o sentados, en cualquier caso, el n煤mero de asistentes no podr谩 superar los 10.000 en 'nueva normalidad', que se reducen a la mitad, 5.000, en las comunidades aut贸nomas con nivel de alerta 1. Los organizadores, junto a las autoridades locales, deber谩n realizar una evaluaci贸n del riesgo para determinar la necesidad de implementar otras medidas para reducir el riesgo de contagio.

Todas estas restricciones para espect谩culos al aire libre, hosteler铆a y ocio nocturno entrar谩n en vigor en los pr贸ximos d铆as, tan pronto como se publiquen el Bolet铆n Oficial del Estado y en los diarios oficiales de las autonom铆as.

Ni fumar ni vapear a menos de dos metros de otros

Finalmente, no se permitir谩 fumar en la calle y otros espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia m铆nima de 2 metros entre las personas. Tampoco en las 谩reas destinadas al p煤blico de eventos multitudinarios al aire libre. 

La restricci贸n afecta a los cigarrillos tradicionales, pero tambi茅n a los electr贸nicos, cualquier otro dispositivo de inhalaci贸n de tabaco, pipas de agua, cachimbas y similares.

De recomendaciones a obligaciones

Las medidas son de "obligado cumplimiento" para todas las comunidades aut贸nomas, ha recalcado Darias, y ha defendido que lo que se pretende es "reactivar gradual y progresivamente" el ocio nocturno, la hosteler铆a y otros eventos multitudinarios.

"Ya hemos tenido situaciones precedentes", ha se帽alado y ha citado el acuerdo de medidas para el puente de San Jos茅 y Semana Santa, cuando la Comunidad de Madrid se puso en contra. "Y recordar谩n que fue de obligado cumplimiento", ha zanjado, en referencia a que el Gobierno de Isabel D铆az Ayuso acab贸 acatando el cierre perimetral auton贸mico.

Otra medida aprobada, que se incluye dentro del documento de actuaciones coordinadas, es la realizaci贸n de la quinta ronda del 'Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID' este a帽o, tras alcanzar el objetivo de cobertura de vacunaci贸n del 70 % de la poblaci贸n.

Por otro lado, tambi茅n las medidas de prevenci贸n para el pr贸ximo curso escolar 2021-2022, acordadas previamente, han pasado a ser una Declaraci贸n de Actuaciones Coordinadas (DAC), de obligado cumplimiento, tras su votaci贸n en el Consejo Interterritorial.

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