Así será la nueva normalidad en Canarias con límites en playas, eventos, ocio nocturno y bodas.


A continuación puedes ver un resumen, pero si quieres leer la publicación completa en el BOC haz click aquí

Nueva Normalidad en Canarias a partir de este domingo 21 de junio:
Distancia de seguridad interpersonal 
La mascarilla será obligatoria si no se garantiza la distancia de seguridad de 1,5 metros

Eventos y actividades multitudinarias 
Se autorizan 1.000 personas en exteriores o 300 en interiores, con acceso escalonado y evitando
aglomeraciones.

Restauración 
Se mantendrán 1,5 metros entre mesas, grupos de mesas o en barra.
No se usará carta común. Los clientes esperarán acomodo, limpieza y desinfección

Alojamientos turísticos 
Se respetarán las medidas específicas de cada establecimiento. La animación será al aire libre, sin intercambio de material. En el buffet, pantalla protectora, emplatados individuales y monodosis. Reducción de textiles en todo el establecimiento. La ropa de cama estará protegida en armarios

Actividades culturales en espacios cerrados o abiertos 
Las butacas estarán preasignadas, por núcleos de convivencia y con el público sentado, manteniendo la distancia de seguridad

Deportes 
Se practicará en grupos máximos de 30 en exterior o 25 personas en interior, manteniendo la distancia de seguridad, prevención e higiene. No se autorizan las modalidades con contacto interpersonal continuado

Eventos deportivos y espectáculos públicos 
Se debe mantener la distancia de seguridad o uso de mascarilla, con un máximo del 75% del aforo y 300 personas en interior o 1.000 en exterior. El público sentado debe mantener distancia de seguridad

Culto religioso 
Se debe mantener la distancia de seguridad entre no convivientes y no superar el 75% de aforo. Los actos de culto en exterior deben respetar las medidas de protección

Sepelios 
En los velatorios se mantendrá la distancia de seguridad entre no convivientes con un máximo de 50 personas en exterior o 20 en interior. La comitiva del sepelio o cremación no superará las 50 personas.
En la ceremonia de cremación no habrá más de 5 personas

Ceremonias religiosas o civiles 
Se mantendrá la distancia de seguridad entre no convivientes y no se superará el 75% de aforo. Se autoriza un máximo de 250 personas en el exterior o 150 en interiores

Playas 
Se debe respetar la normativa municipal específica, manteniendo una distancia de 1,5 metros. La práctica deportiva será individual o en parejas, sin contacto.
Los equipos, máquinas y hamacas se desinfectarán antes y después de su uso. Estas últimas serán de uso individual con 2 metros de separación entre ellas

Acampadas 
Sólo se podrá acampar previa autorización municipal y en grupos de un máximo de 20 personas

Ocio nocturno 
Se autoriza el ocio nocturno en espacios abiertos, en mesas, 75% máximo de aforo. Evitar< aglomeraciones. Sin pistas de baile


El Gobierno aprueba las medidas de prevención ante la COVID-19 tras la finalización del estado de alarma

El acuerdo del Consejo de Gobierno de hoy será publicado mañana, sábado 20 de junio, en el BOC; es de aplicación a partir del 21 de junio (00.00 horas) y recoge la regulación establecida para garantizar la salud pública en todo tipo de actividades y establecimientos

El Gobierno de Canarias aprobó, a propuesta de la Consejería de Sanidad, el acuerdo por el que se establecen las medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 una vez se supere la Fase 3 de la desescalada y se finalice el estado de alarma este domingo, día 21 de junio.

Aunque finalice el estado de alarma, y ante la presencia de contagios por COVID-19, es necesario adoptar una serie de medidas para la protección de la salud pública que podrán ser modificadas en función de la evolución del brote y que mantendrán su vigencia hasta que Gobierno del Estado decrete oficialmente la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.

El objetivo de estas medidas, que serán publicadas en el Boletín Oficial de Canarias mañana, sábado, es que las actividades sociales y económicas que se desarrollen mientras dure esta situación se hagan con las garantías oportunas para la protección de la salud pública. Por ello, resulta fundamental el compromiso individual y colectivo respecto a su cumplimiento teniendo en cuenta que en caso de incumplimiento resultará de aplicación el régimen sancionador del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.

Estas medidas serán de aplicación en todo el territorio de Canarias, pero los cabildos y ayuntamientos podrán adoptar medidas adicionales y complementarias en sus respectivos ámbitos territoriales.

El documento recoge que las autoridades responsables y los organizadores de eventos o actividades multitudinarias deberán adoptar las medidas oportunas para reducir el riesgo de transmisión del coronavirus y seguir las recomendaciones del Ministerio de Sanidad al respecto.

Los incumplimientos de las medidas recogidas en este acuerdo serán sancionados por las autoridades competentes de acuerdo con la legislación aplicable.


Regulación de todo tipo de actividades

El acuerdo aprobado hoy incide sobre las recomendaciones para garantizar la distancia de seguridad, las medidas de limpieza y desinfección y el aforo para todo tipo de actividades y establecimientos.

Así, se incluyen las normativas relativas a los comercios, bares, restaurantes, establecimientos turísticos, centros docentes, instalaciones deportivas, puertos, aeropuertos y locales de juego y apuestas.

También se recogen las medidas para actividades culturales, cines, teatros, auditorios, bibliotecas, archivos, museos, oficinas administrativas públicas o privadas de atención al público y centros de llamadas.

Se regula, también, la práctica de actividad deportiva federada de competición de ámbitos insular y autonómica, la celebración de eventos deportivos, la práctica de actividad física al aire libre, el uso de las playas y piscinas naturales, así como los velatorios, entierros, ceremonias nupciales y actos religiosos.

Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso, aforo y permanencia en las playas y zonas de baño marítimo para garantizar la distancia interpersonal y evitar aglomeraciones. Para calcular el aforo máximo de cada playa se tendrá en cuenta, además de la situación de toallas, tumbonas y otros objetos, la altura de las mareas y la sectorización de actividades y se tendrá que descontar el espacio reservado para el tránsito y el acceso.

Podrán abrir aquellas discotecas y locales de ocio nocturno al aire libre para consumo sentado en mesa, con un aforo en las terrazas del 75% y guardando la distancia interpersonal. Las pistas de baile estarán prohibidas y se evitarán las aglomeraciones en los locales.

En cuanto a los campamentos infantiles y juveniles, la normativa recoge que se podrán realizar siempre y cuando se cumplan las recomendaciones de prevención e higiene y que se disponga de un plan de actuación ante posibles casos de COVID-19.

Las actividades de este tipo al aire libre deberán limitar el número de participantes al 50% de su capacidad, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Cuando las actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de su capacidad, con un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores. Durante el desarrollo de estas actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta 20 personas, incluido el monitor.

El documento también regula las condiciones para la celebración de catas de productos, cuyos participantes deberán guardar la distancia de seguridad y seguir las recomendaciones de higiene.

Las salas donde se celebren deberán estar señalizadas indicando el circuito a seguir tanto por los participantes como por el personal auxiliar que sirve el producto y el personal técnico que dirige los paneles de catas.

Las catas populares se llevarán a cabo preferentemente al aire libre y, en el caso de hacerse en espacios cerrados, el aforo de la sala deberá limitarse al 75%.