04/12/2021
El TSJC ha autorizado el certificado Covid en los espacios de uso público en Canarias
Podrán solicitar el certificado tanto a los trabajadores como a los usuarios
Al ser voluntario, los locales que decidan implantarlo, podrán funcionar
con las limitaciones de aforo y horarios del nivel inmediatamente inferior
al que tenga la isla
Asà el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha respaldado la medida del Gobierno de Canarias que habÃa consensuado con las patronales hosteleras
Por tanto la implantación será voluntaria para los negocios, aunque aquellos que soliciten el pasaporte covid a sus clientes tendrán mayores beneficios en cuanto a aforos y horarios.
Los establecimientos que decidan solicitar el certificado se acogerán a las medidas (aforo y horario) del nivel inferior al que esté su isla. Mientras, la solución más eficaz sigue siendo la vacunación. Para quienes no lo han hecho aún y para quienes precisen la dosis de refuerzo
Sanidad, satisfecha con la ratificación del TSJC a la implantación del certificado COVID en Canarias
Esta medida entrará en vigor el próximo dÃa 10 de diciembre y tendrá una vigencia inicial de un mes, hasta el 10 de enero, y será sometida a seguimiento y evaluación. En caso de que se estime necesario se podrá pedir una ampliación más allá del 10 de enero. El uso del certificado COVID permite a los sectores que lo apliquen flexibilizar las restricciones en cuanto aforos y horarios que estén en vigor en cada momento según el nivel de alerta en el que se encuentre la isla correspondiente, ya que podrán acogerse a las medidas del nivel inferior
La ConsejerÃa de Sanidad se muestra satisfecha con la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de ratificar la implantación del certificado COVID en Canarias, bajo la modalidad de uso voluntario, para todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios. Esta medida entrará en vigor el próximo dÃa 10 de diciembre y tendrá una vigencia inicial de un mes, hasta el 10 de enero, periodo durante el que será sometida a seguimiento y evaluación. En este sentido, se informa de que, en caso de que se estime necesario, se podrá pedir una ampliación de este plazo de tiempo más allá del 10 de enero.
El pasado martes, dÃa 30 de noviembre, se envió al TSJC la Orden del consejero de Sanidad en la que se solicitaba la implementación de esta herramienta, ya que la evolución de la situación epidemiológica, con unos indicadores de incidencia crecientes, requiere adoptar medidas que permitan contribuir a frenar el incremento de casos, compatibilizándolas con la ansiada e incipiente reactivación económica.
La implantación del certificado COVID pretende articular un procedimiento respetuoso con los derechos fundamentales y con una mÃnima incidencia en la esfera privada de la ciudadanÃa, ya que tiene carácter permisivo en lugar de restrictivo, si bien mantiene las debidas garantÃas para la salud pública.
Según la ratificación emitida por el TSJC “las medidas resultan proporcionadas y razonables, resultando que el beneficio que para el interés general que se obtiene es superior al perjuicio que se ocasiona para los bienes o valores en conflicto”.
El consejero de Sanidad, Blas Trujillo, sostiene que con esta herramienta “se pretende que la flexibilización de medidas indicada se lleve a cabo en espacios sanitariamente seguros en lo referente a la propagación del virus”.
La puesta en marcha del certificado COVID permite a los sectores que lo apliquen puedan flexibilizar las restricciones en cuanto aforos y horarios que estén en vigor en cada momento según el nivel de alerta en el que se encuentre la isla correspondiente, ya que podrán acogerse a las medidas del nivel inferior. Es decir, que en los tramos horarios y aforos que el Decreto ley reduce cuando se incrementa el nivel de alerta, se puedan seguir observando los del nivel inferior, siempre que la situación sanitaria de las personas que se encuentre en los distintos espacios y establecimientos permita tener la certidumbre de que el riesgo de transmisión o de enfermedad grave va a ser mÃnimo. Para ello se requiere una prueba diagnóstica de infección activa negativa, sustituible por el certificado de vacunación o de haber pasado la enfermedad.
“Se trata de proteger la salud y la vida de las personas mediante una medida que restringe la propagación de la pandemia. No puede considerarse una medida discriminatoria, en cuanto que prevalece el derecho a la vida y a la protección de la salud pública, toda vez que la información sobre si se ha recibido la vacuna o no, en momentos en los que se atraviesa una pandemia, es una pieza básica y esencial para impedir la propagación de la infección por el SARS – CoV-2”, mantiene el consejero.
Implantación de la medida
Para la puesta en marcha de esta medida, el Servicio Canario de la Salud pondrá a disposición de la ciudadanÃa una app móvil de lectura de código QR del Certificado COVID Digital de la UE de fácil uso para que la medida sea efectiva.
Esta app, denominada Lector COVID SCS, se podrá descargar desde las tiendas Apple Store, Google Play y Huawei App Gallery en los próximos dÃas. En las próximas horas este sistema también estará disponible en la web www.lectorcovid.com.
Una vez se la descarguen podrán acogerse a la ventaja de reducir aforos y horarios, aplicando los estipulados en el nivel inferior en el que se encuentre la isla en la que se resida. La supervisión de su cumplimiento, que cuenta con el aval de las confederaciones de empresarios de ambas provincias, queda sujeta a la actividad inspectora de Salud Pública y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
La medida entrará en vigor el dÃa 10 de diciembre, por lo que se da a los sectores implicados un margen de tiempo suficiente para que se puedan acoger a los beneficios que esta herramientas les ofrece.