Calendario Laboral de Canarias para 2017.

Durante el año 2017 serán días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos: 6 de enero, Epifanía del Señor. 13 de abril, Jueves Santo. 14 de abril, Viernes Santo. 1 de mayo, Día del Trabajo. 30 de mayo, Festividad del Día de Canarias. 15 de Agosto, Asunción de la Virgen. 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.1 de noviembre, Todos los Santos. 6 de diciembre, Día de la Constitución. 8 de diciembre, Inmaculada Concepción y 25 de diciembre, Natividad del Señor.

En lugar de pasar al lunes la festividad de Año Nuevo, que coincide en el calendario de 2017 en domingo, se empleará el 30 de mayo, Festividad del Día de Canarias, ya que el Estatuto de los Trabajadores permite que las Comunidades Autónomas sustituyan las festividades que se trasladan a lunes por otras "que por tradición les sean propias". Así mismo, las fiestas insulares se sustituirán por la fiesta correspondiente a Santiago Apóstol (25 de julio).

Para el ámbito insular también se considerarán festivos:

- En El Hierro: 1 de julio, Bajada de la Virgen de Nuestra Señora de los Reyes.

- En Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña.

- En Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino.

- En La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe.

- En Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Dolores.

- En La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de las Nieves.

- En Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria.

Cada municipio contará también con hasta dos días para sus festividades locales, que serán solicitados por cada Ayuntamiento a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes a partir de la publicación del Decreto.